Abrir un negocio · Para dueños de negocio
¿Puedo abrir una barbería en mi casa? Lo que debes revisar
Abrir una barbería en casa es posible solo si el uso del suelo lo permite y el local queda separado de la vivienda, con acceso independiente. Qué revisar y dónde preguntar antes de invertir.
Por Equipo de Tecnotics · · 5 min de lectura
En 30 segundos
- Primer filtro: el uso del suelo del predio, que es el primer requisito del art. 87 de la Ley 1801 de 2016.
- Separación: la Resolución 2117 de 2010 pide que un establecimiento en vivienda esté en área separada, con separación física y accesos independientes.
- Mismas condiciones sanitarias que un local: agua, desagüe, lavacabezas, baño dotado, área de asepsia.
- Propiedad horizontal: revisa el reglamento de tu edificio o conjunto.
- Estética facial o corporal: la Resolución 2263 de 2004 pide establecimiento independiente de la vivienda.
¿Qué dice la norma sobre una barbería en casa?
No hay una prohibición general de atender en casa, pero tampoco un permiso especial para hacerlo. Una barbería en casa cumple los mismos requisitos que cualquier otra, explicados en la guía de cómo abrir una barbería en Colombia, más dos que pesan especialmente cuando el negocio está dentro de la vivienda.
1. El uso del suelo
El art. 87 de la Ley 1801 de 2016 pone como primer requisito, antes de iniciar cualquier actividad comercial o de servicios, cumplir las normas de uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación.
En la práctica, eso significa que tu casa debe estar en una zona donde el plan de ordenamiento de tu municipio permita una actividad de servicios como una barbería. Hay sectores residenciales donde no se permite.
2. La separación de la vivienda
La Resolución 2117 de 2010, que regula barberías, peluquerías y salas de belleza, es explícita en el parágrafo de su art. 3: todo establecimiento ubicado en vivienda debe establecerse en un área separada, cumpliendo todos los requisitos de la norma, y no puede estar relacionado ni ser parte de la vivienda a menos que cuente con separación física y accesos independientes.
La guía de la Alcaldía de Bogotá para peluquerías lo resume igual: el establecimiento no puede estar relacionado con una vivienda ni ser parte de ella.
Es decir: atender en la sala de la casa, con los clientes cruzando por donde vive la familia, no cumple. Un garaje o un local con puerta propia a la calle, adecuado como barbería, puede cumplir.
¿Qué condiciones debe tener el espacio?
Las mismas de cualquier barbería, según el art. 3 de la Resolución 2117 de 2010. Las que más cuestan en una casa:
| Condición | Por qué es difícil en una vivienda |
|---|---|
| Lavacabezas de uso exclusivo, independiente del baño | Requiere punto de agua y desagüe propios |
| Baño dotado en el mismo establecimiento | El baño de la familia no sirve si queda dentro de la vivienda |
| Área de asepsia con lavamanos | Otro punto de agua |
| Pisos, paredes y techos en material sanitario liso, de tonos claros | Un garaje sin acabados necesita obra |
| Red eléctrica con polo a tierra y punto independiente por servicio | Las instalaciones de una casa vieja no siempre lo tienen |
| Señalización y equipo contra incendio | Igual que en un local |
A eso se suma el manual de bioseguridad de la Resolución 2827 de 2006 y el certificado de estudios de quien atiende. La lista completa está en requisitos para abrir una peluquería o salón de belleza.
¿Cómo consultarlo antes de invertir?
- Consulta el uso del suelo de tu predio en la oficina de planeación del municipio o en una curaduría urbana, donde existan. Lleva la dirección exacta y describe la actividad como «barbería» o «servicios de estética ornamental».
- Revisa el reglamento de propiedad horizontal, si vives en edificio o conjunto.
- Verifica si puedes separar el espacio con acceso independiente desde la calle.
- Pregunta a la secretaría de salud de tu municipio qué revisan en la visita y cómo se pide el concepto sanitario. El procedimiento cambia por ciudad.
- Cotiza la adecuación solo cuando tengas las respuestas anteriores.
Ejemplo: el garaje convertido en barbería
Supuestos (ilustrativos): casa de un piso en un barrio de Ibagué, con garaje que da a la calle. El dueño quiere una barbería de una silla.
- Uso del suelo: la consulta indica que la zona admite servicios personales en primer piso. Pasa el primer filtro.
- Separación: el garaje tiene puerta propia a la calle; se cierra con muro el paso que daba a la cocina. Queda con acceso independiente.
- Adecuación: punto de agua y desagüe para el lavacabezas, un baño pequeño dentro del garaje, área de asepsia, piso y paredes lisos, red eléctrica revisada.
- Trámites: matrícula mercantil, RUT, aviso a la Policía y concepto sanitario.
Si en el primer paso la respuesta hubiera sido que la zona no admite la actividad, el dueño se habría ahorrado la obra.
¿Y si no corto yo?
Si vas a poner la barbería en tu casa pero no eres barbero, lo que se le exige al personal y lo que no está claro para el dueño lo explicamos en ¿se puede abrir una barbería sin ser barbero?.
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Fuentes
- Ley 1801 de 2016, art. 87, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Resolución 2117 de 2010, arts. 3 y 8, normograma de la Supersalud (consultada el 26/10/2026)
- Resolución 2263 de 2004, art. 4, normograma de la Supersalud (consultada el 26/10/2026)
- Resolución 2827 de 2006, normograma de la Supersalud (consultada el 26/10/2026)
- Licencias y permisos para abrir una peluquería en Bogotá, Alcaldía de Bogotá (consultada el 26/10/2026)
Verificado el 26/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cortar el pelo a domicilio sin tener local?
La Resolución 2117 de 2010 regula los establecimientos de estética ornamental, es decir, los locales. El servicio a domicilio sin establecimiento no está desarrollado en esa norma, y no encontramos una regla oficial que lo resuelva en detalle. Lo prudente es aplicar igual el manual de bioseguridad de la Resolución 2827 de 2006 y consultar a la secretaría de salud de tu municipio y a tu contador cómo formalizarte.
¿Necesito permiso de los vecinos o del conjunto?
La ley no exige un permiso de los vecinos como requisito general. Pero si vives en propiedad horizontal, el reglamento del edificio o del conjunto puede prohibir o limitar actividades comerciales en las unidades privadas. Revísalo antes de adecuar y, si hay dudas, consulta con la administración. Respetar los niveles de ruido y los horarios del municipio también es obligatorio (Ley 1801, art. 87).
¿Puedo poner la barbería en el garaje de mi casa?
Puede ser una buena opción si el uso del suelo permite la actividad en ese predio y el garaje queda como un área separada de la vivienda, con acceso independiente desde la calle y todas las condiciones sanitarias de la Resolución 2117 de 2010: agua, desagüe, lavacabezas, baño dotado, área de asepsia y materiales sanitarios. Consulta primero el uso del suelo.
¿Qué pasa si abro en mi casa sin cumplir los requisitos?
Te expones a que la Policía, que puede verificar los requisitos del art. 87 de la Ley 1801 en cualquier momento, o la secretaría de salud en una visita, encuentren incumplimientos. La entidad sanitaria puede iniciar el proceso sancionatorio y, ante riesgo grave, aplicar medidas sanitarias de seguridad. Además, perderías la inversión en adecuación si el uso del suelo no lo permite.