Datos de clientes y normas · Para dueños de negocio
Clientes menores de edad: qué datos pedir y quién autoriza
Para cortes infantiles, terapias o entrenamiento de adolescentes: cuándo se pueden tratar datos de menores, por qué la autorización y la cuenta deben ser del acudiente, qué datos mínimos pedir y qué exige la Ley 711 en cosmetología.
Por Equipo de Tecnotics · · 4 min de lectura
En 30 segundos
- Regla general: la Ley 1581 de 2012 proscribe tratar datos de niños, niñas y adolescentes, salvo los de naturaleza pública (art. 7).
- Excepción reglamentada: se permite si responde al interés superior del menor y respeta sus derechos fundamentales, con autorización del representante legal (Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.25.2.9).
- Facultativo: al pedir la autorización debes informar que responder preguntas sobre datos de menores es facultativo (Ley 1581, art. 12, lit. b).
- Cosmetología: el cosmetólogo no trata a menores sin autorización escrita y autenticada de padres o representantes (Ley 711 de 2001, art. 6, lit. h).
- Mínimo de datos: nombre del menor, edad o fecha de nacimiento si hace falta, y los datos de contacto del acudiente.
¿Se pueden tratar datos de clientes menores de edad?
Sí, pero con reglas más estrictas. La Ley 1581 de 2012 dice en su art. 7 que «queda proscrito el Tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes, salvo aquellos datos que sean de naturaleza pública». El Decreto 1074 de 2015 aclaró cuándo se pueden tratar (art. 2.2.2.25.2.9):
- Cuando el tratamiento responda y respete el interés superior del menor.
- Cuando se asegure el respeto de sus derechos fundamentales.
- Cumplido lo anterior, el representante legal da la autorización, después de escuchar al menor, cuya opinión se valora según su madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.
Agendar el corte de un niño, la terapia de lenguaje de una niña o el entrenamiento de un adolescente responde a su interés, siempre que pidas solo lo necesario. La guía general sobre los datos de tus clientes está en protección de datos de clientes.
¿Quién debe autorizar y a nombre de quién va la cuenta?
El representante legal: padre, madre o quien tenga la representación. Los derechos de los menores también los ejercen las personas facultadas para representarlos (Decreto 1074, art. 2.2.2.25.4.1).
En la práctica:
- La cuenta y la reserva, a nombre del acudiente, con su correo y su celular.
- El nombre del menor, solo en el campo de notas o de servicio, si hace falta para que el profesional sepa a quién atiende.
- La autorización, del acudiente, con una línea que diga que también autoriza el tratamiento de los datos del menor para la cita.
Los modelos de texto para formulario, mostrador y WhatsApp están en autorización de tratamiento de datos. Agrega esta frase cuando atiendas menores:
«Como representante legal de [nombre del menor], autorizo el tratamiento de sus datos para agendar y prestar el servicio. Sé que responder preguntas sobre datos del menor es facultativo y que se tratarán en su interés.»
¿Qué datos mínimos pedir?
| Dato | ¿Hace falta? | Comentario |
|---|---|---|
| Nombre del menor | Sí | Para identificar a quién se atiende |
| Edad o fecha de nacimiento | Solo si el servicio lo requiere | Por ejemplo, para un plan de entrenamiento |
| Documento del menor | Rara vez | Solo si debes facturar a su nombre o lo exige otra norma |
| Contacto del acudiente | Sí | Para confirmar, recordar y avisar |
| Fotos del menor | No, salvo autorización expresa | No las publiques sin permiso del representante |
| Datos de salud | Solo si son indispensables | Son datos sensibles; pide autorización explícita |
El Decreto 1074 limita la recolección a los datos pertinentes y adecuados para la finalidad (art. 2.2.2.25.2.1). Con menores, la regla pesa más.
¿Qué cambia en cosmetología y estética?
La Ley 711 de 2001, que reglamenta la cosmetología, trae una regla propia, distinta de la de datos: el cosmetólogo «no tratará a menores de edad sin la previa autorización escrita y autenticada de sus padres o representantes» (art. 6, lit. h).
Eso aplica a tratamientos de cosmetología, como una limpieza facial o una depilación. No se cumple con una casilla en línea: la ley pide que sea escrita y autenticada. Guárdala con la ficha del cliente.
Ejemplo: una barbería con clientes niños
Situación ilustrativa.
Supuestos: barbería de Tunja con 2 barberos; los sábados atiende cortes infantiles reservados por los papás.
- La reserva queda a nombre del papá o la mamá, con su correo y celular.
- En el servicio dice «Corte infantil – Tomás, 7 años».
- La autorización del acudiente incluye la línea sobre los datos del menor.
- No se toman fotos del niño para redes sin permiso expreso del acudiente.
- Si el niño llega con la abuela, la barbería atiende la cita que reservó el papá y confirma con él cualquier cambio.
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Fuentes
- Ley 1581 de 2012, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
- Decreto 1074 de 2015, cap. 2.2.2.25, Función Pública (consultada el 26/10/2026)
- Ley 711 de 2001, Secretaría del Senado (consultada el 26/10/2026)
Verificado el 26/10/2026.
Preguntas frecuentes
¿Un adolescente de 16 años puede reservar solo?
Puede pedir la cita, pero el tratamiento de sus datos debe autorizarlo su representante legal, después de escuchar al adolescente y valorar su opinión según su madurez (Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.25.2.9). Lo prudente es que la reserva quede a nombre del acudiente o con su autorización, y confirmar con él cualquier procedimiento.
¿Puedo publicar fotos de un niño después de su corte?
La foto de un niño es un dato personal y el tratamiento de datos de menores está restringido (Ley 1581 de 2012, art. 7). Si quieres publicarla, pide autorización expresa al padre, madre o representante, explica dónde la publicarás y respeta si dicen que no. Ante la duda, no la publiques o muestra solo el corte sin la cara.
¿Qué hago si un acudiente pide borrar los datos de su hijo?
Trátalo como un reclamo. Los derechos de los niños, niñas y adolescentes los ejercen las personas facultadas para representarlos (Decreto 1074 de 2015, art. 2.2.2.25.4.1). Verifica que quien pide sea el representante, suprime lo que no debas conservar por ley y responde en máximo 15 días hábiles, prorrogables hasta 8 más.
¿Las reglas cambian si el menor va con un adulto que no es su papá?
La autorización debe darla el representante legal del menor. Si lo acompaña otra persona, como un abuelo o una niñera, lo prudente es que la autorización ya esté dada por el representante, por ejemplo en la cuenta o en una ficha firmada, y que el acompañante solo confirme la cita. En cosmetología, además, la Ley 711 exige autorización escrita y autenticada de los padres.